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Abogado de inmigración de Phoenix

¿Cuáles son los requisitos para la aprobación de la exención I-601 en Arizona? 

Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) señala que las determinaciones de dificultades extremas, que son requisitos para las solicitudes del Formulario I-601, pueden basarse en varios factores. También señala que la denegación de la admisión puede tener una variedad de consecuencias que incluyen la separación familiar, el perjuicio económico, las dificultades para adaptarse a la vida en un nuevo país, la calidad y disponibilidad de oportunidades educativas en otros lugares, la calidad inferior de los servicios e instalaciones médicos y la capacidad de ejercer un empleo elegido en el extranjero.

 

Evidencia Inicial Requerida para el Formulario I-601

USCIS identifica varias formas de evidencia que un solicitante deberá proporcionar al enviar un Formulario I-601. No debe enviar la lista de verificación en el sitio web de USCIS con su Formulario I-601 porque la lista de verificación no reemplaza los requisitos legales, reglamentarios y de instrucción del formulario.

Los solicitantes deben revisar todos los requisitos antes de completar y enviar el Formulario I-601. No debe enviar documentos originales a menos que se le solicite específicamente en las instrucciones del formulario o en la normativa aplicable.

Cuando envíe cualquier documento en un idioma extranjero, debe incluir una traducción completa al idioma inglés junto con una certificación de un traductor que verifique que la traducción es completa y precisa y que un traductor es competente para traducir del idioma extranjero al inglés. Los tipos de evidencia que se requerirán (cuando corresponda) incluyen evidencia de que:

  • Establecer por qué un el solicitante podría calificar para una exención de inadmisibilidad, depende de los motivos de inadmisibilidad que se apliquen al solicitante y debe incluir pruebas que demuestren por qué USCIS debe otorgar al solicitante una exención de inadmisibilidad como cuestión de discreción.
  • Apoyar la afirmación del solicitante de dificultades extremas.
  • Establecer una relación familiar y evidencia que demuestre que la denegación de admisión resultaría en una dificultad extrema para un pariente calificado cuando el solicitante solicita una exención que requiere una demostración de dificultad extrema para un cónyuge, padre, hijo o hija de un estadounidense. ciudadano o residente permanente legal.
  • Dificultades extremas para los parientes calificados o el inmigrante cuando son autopeticionarios de la Ley de Violencia contra la Mujer de 1994 (VAWA, por sus siglas en inglés) buscando una renuncia por fraude de inmigración o tergiversación.
  • Apoyar una exención por inadmisibilidad debido a una enfermedad transmisible de importancia para la salud pública.
  • Sustentar la solicitud del solicitante de una exención de vacunación.
  • Apoyar una dispensa de inadmisibilidad por trastorno físico o mental y comportamiento nocivo asociado.
  • Respaldar una renuncia a los motivos penales de inadmisibilidad que se encuentran en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) § 212(a)(2).
  • Respaldar la exención por fraude de inmigración o tergiversación.
  • Apoyar una renuncia por inadmisibilidad debido a la membresía de un solicitante en un partido totalitario.
  • Respaldo de una renuncia por inadmisibilidad por tráfico de extranjeros.
  • Respaldar una exención de inadmisibilidad por ser objeto de una sanción civil según INA § 212(a)(6)(F).
  • Respaldar una exención de la prohibición de presencia ilegal de tres o 10 años según INA § 212(a)(9)(B)(v).
  • Que se justifica una exención si el solicitante es un solicitante de Estatus de Protección Temporal (TPS).
  • Un solicitante garantiza una exención de inadmisibilidad basada en factores que se considerarían si estuviera buscando el consentimiento para volver a presentar una solicitud si está buscando un ajuste de estatus bajo la Ley de Ajuste de Nicaragua y Ayuda Centroamericana (NACARA) § 202 o la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados Haitianos (HRIFA). ) § 902, e inadmisible bajo INA § 212(a)(9)(A) o (C).
  • Mostrar una conexión entre la agresión o la crueldad extrema que es la base para un reclamo de VAWA y la remoción, salida de los Estados Unidos, reingreso o reingresos a los Estados Unidos, o intento de reingreso a los Estados Unidos del autor de la solicitud si son aprobados. Autopeticionario de VAWA o hijo de un autopeticionario VAWA aprobado e inadmisible según INA § 212(a)(9)(C)(i).
  • Renuncia de apoyo si el solicitante también es un solicitante de ajuste de estatus como Inmigrante Juvenil Especial.

 

Demostrando Dificultades Extremas

En prácticamente todos los casos del Formulario I-601, un solicitante tendrá que demostrar que su pariente calificado, es decir, un ciudadano de los Estados Unidos o un cónyuge o padre permanente legal, sufriría dificultades extremas si no estuvieran unidos con el solicitante. Las dificultades para un ciudadano extranjero solo se considerarán en la medida en que sean una fuente de dificultades para el ciudadano estadounidense o el cónyuge o padre permanente legal.

Los oficiales de USCIS a menudo consideran factores tales como:

  • Daño financiero — Un solicitante puede alegar que su solicitud afecta su futura empleabilidad, podría enfrentar una posible pérdida de su hogar o negocio, enfrentar una disminución significativa en su nivel de vida, perder la capacidad de recuperar pérdidas a corto plazo y enfrentar costos de necesidades extraordinarias.
  • La salud de los familiares calificados — Un ciudadano de los Estados Unidos o un cónyuge o padre permanente legal puede requerir un tratamiento continuo o especializado para ciertas afecciones físicas o mentales, puede haber una disponibilidad limitada y una calidad disminuida de tratamientos similares en su país de origen, y también si la afección es crónica o aguda y largo o corto plazo.
  • Consideraciones personales — Un solicitante podría perder parientes cercanos en los Estados Unidos o en su país de origen, enfrentar la separación de su cónyuge e hijos, llamar la atención sobre las edades de todas las partes involucradas y también anotar la duración de su residencia y los lazos comunitarios dentro de los Estados Unidos.
  • Consideraciones Especiales — Algunos solicitantes pueden enfrentar ciertos obstáculos culturales, lingüísticos, religiosos o étnicos, tener temores válidos de persecución, daño físico o lesiones en su país de origen y carecer de acceso a instituciones o estructuras sociales.
  • Pérdidas educativas — Un solicitante podría estar lidiando con una posible pérdida de la capacidad para continuar con la educación superior, sufrir opciones educativas de menor calidad o alcance limitado, tener que lidiar con una interrupción importante en su programa actual y también perder el acceso a tipos especiales de requisitos. como programas de formación o prácticas en campos específicos.

También debe tenerse en cuenta cualquier otra información que explique por qué las circunstancias personales podrían calificar como dificultades extremas en un ciudadano de los Estados Unidos calificado o un pariente residente permanente legal. Es importante comprender que la dificultad extrema no es exactamente un término definible, sino que generalmente depende de ciertos hechos y circunstancias que se relacionan específicamente con un caso determinado.

 

Formulario I-601 Elegibilidad

Una persona puede solicitar una exención del Formulario I-601 si es:

  • Solicitando una visa de inmigrante, tarjeta verde, visa K o visa V, está fuera de los Estados Unidos, ya tuvo una entrevista de visa con un oficial consular y un oficial los encontró inadmisibles durante la entrevista.
  • Solicitar un ajuste de estatus a la residencia permanente legal, aunque USCIS excluye categorías de ajuste específicas si un solicitante enfrenta la inadmisibilidad debido a fraude o tergiversación o afirma falsamente que es ciudadano de los Estados Unidos, o un solicitante enfrenta la inadmisibilidad debido a una actividad delictiva anterior.
  • Solicitar una visa de inmigrante en base a calificaciones o estados como NACARA, VAWA, estado de no inmigrante T, Inmigrante Juvenil Especial en base a un Formulario I-360 aprobado o TPS.

 

Una persona puede solicitar una exención del Formulario I-601A si es cualquiera de los siguientes:

  • Un pariente de un ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal
  • Un ganador de la lotería de visas de diversidad
  • Un solicitante de visa de inmigrante

 

Un solicitante también debe cumplir con ciertos requisitos al solicitar una exención de inadmisibilidad, tales como:

  • Estar físicamente presente dentro de los Estados Unidos y poder proporcionar datos biométricos en los Estados Unidos
  • Tener al menos 17 años de edad
  • Declarar que un solicitante dejará los Estados Unidos para obtener legalmente una visa de inmigrante
  • Declarar que la familia del solicitante, en particular un cónyuge o padre que sea ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal, sufriría dificultades extremas si el solicitante no se une a ellos en los Estados Unidos.
  • El solicitante es inadmisible por presencia ilegal entre 180 y 365 días durante una sola estadía o inadmisible por presencia ilegal durante más de un año o igual en una sola estadía
  • El solicitante tiene un caso con el Departamento de Estado de los Estados Unidos para una petición de visa de inmigrante aprobada o un Programa de Visa de Diversidad

 

Las personas no calificarán para una exención I-601A si:

  • ¿Eres menor de 17 años?
  • Tener motivos de inadmisibilidad por cualquier motivo que no sea la presencia ilegal
  • Ya tiene una aplicación para ajustar su estado
  • Actualmente están pasando por procedimientos de deportación
  • No incluir detalles de las dificultades que su cónyuge o padre enfrentaría al ser removido
  • No tener un caso pendiente con el Departamento de Estado de los Estados Unidos para una petición de visa aprobada o selección para una Visa de Diversidad
  • Ya tiene una orden de deportación previa antes o durante un I-601A pendiente

 

Deberá enviar su formulario de exención de presencia ilegal a una instalación adecuada, y debe consultar con un abogado de inmigración de Arizona para asegurarse de que está enviando su solicitud a la dirección correcta. Hay una tarifa de presentación de $ 630 para el Formulario I-601A, así como una tarifa biométrica de $ 85.

Las tasas de aprobación de exenciones por dificultades extremas a menudo dependen de las circunstancias específicas de la inadmisibilidad de cada solicitante. Cuando la inadmisibilidad se basa en quedarse más tiempo que una visa y nada más, las posibilidades de aprobación serán mucho mayores, pero otros factores, como antecedentes penales, fraude de inmigración u otras violaciones de la visa, pueden afectar las posibilidades de aprobación.

USCIS actualmente estima que tomará 27 meses para que el Centro de Servicio de Nebraska procese un Formulario I-601A y 35.5 meses para que el Centro de Servicio de Potomac haga lo mismo. El Centro de Servicio de Nebraska tardará 12 meses en procesar el Formulario I-601.

Sepa que los tiempos de procesamiento de I-601 pueden variar, por lo que querrá hablar con su abogado de inmigración sobre dónde debe presentar su solicitud de exención y cuál podría ser el tiempo de procesamiento esperado para su caso.

Cuando una exención 601A obtiene la aprobación, el solicitante puede solicitar una tarjeta de residente permanente o tarjeta verde de los Estados Unidos. Es posible que tenga que hacer esto a través del procesamiento consular, lo que significa que tendrá que regresar a su país de origen y solicitar una tarjeta verde en la embajada o el consulado de los Estados Unidos del país de origen.

Una persona presenta su formulario de exención I-601A aprobado con su solicitud de tarjeta verde. Al mostrar una aprobación de exención por dificultades extremas, la persona demostrará que ha sido exonerada de cualquier prohibición de 3 o 10 años.

Si su exención provisional 601A resulta en una denegación, recibirá un aviso de denegación en la dirección que figura en su solicitud del Formulario I-601. Puede apelar una decisión dentro de los 30 días presentando un Formulario I-290B, Aviso de Apelación o Moción.

 

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