Visas de no inmigrante DS-160 en Arizona: datos que debe saber antes de salir de casa
Si no obtiene sus documentos de viaje adecuados antes de ingresar a los EE. UU., podría tener graves consecuencias cuando su viaje dure más de 90 días. También hay implicaciones duras si obtuvo la visa de no inmigrante adecuada, pero luego no la extendió o renovó según lo exige la ley. Situaciones de quedarse más tiempo de su visa podrían afectar sus finanzas y su futuro.
Independientemente de si está de visita por turismo, negocios o escuela, quiere la confianza de saber que sus documentos de viaje están en regla antes de salir de su país de origen. Afortunadamente, con la ayuda de un Abogado de visas de no inmigrante de Arizona, sigues cumpliendo con las leyes de inmigración de EE. UU. y evitas resultados difíciles. Algunos datos adicionales sobre el formulario DS-160 también son informativos.
Cómo funcionan las visas de no inmigrante en Arizona
Una visa de no inmigrante se emite a un ciudadano extranjero que busca visitar los EE. UU. temporalmente por motivos personales, de negocios y otros motivos designados. Cuando su estadía sea inferior a 90 días, es probable que esté cubierto por el VWP y no se le requiera obtener una visa. Por política diplomática de los EE. UU., los ciudadanos extranjeros de ciertos países pueden ingresar durante este período de tiempo limitado.
Si su viaje a los EE. UU. va a durar más de 90 días, debe completar el Solicitud de visa de no inmigrante del Departamento de Estado de EE. UU. DS-160. Los funcionarios utilizarán la información que proporcione para determinar si califica para ingresar a los EE. UU. para el propósito específico que indique en el formulario. El DS-160 no es una garantía de que se le permitirá ingresar a los EE. UU. Aún debe obtener la visa, como una visa de visitante B1/B2 o una visa de cónyuge K-1, a través de una embajada o consulado de EE. UU. en su país de origen. Luego, en su puerto de entrada a los EE. UU., la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) de los EE. UU. revisará su visa de no inmigrante y otros documentos de viaje.
Una visa de no inmigrante no otorga ningún estatus migratorio ni lo pone en el camino para convertirse en un residente permanente legal (LPR). Sin embargo, si alguna vez buscara una tarjeta verde, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS) revisará sus visitas anteriores a los EE. UU. para determinar si estuvo presente ilegalmente. Permanecer más allá de una visa de no inmigrante podría ser motivo de inadmisibilidad.
Quién debe completar el formulario DS-160
Se requiere un DS-160 para cualquier persona que visite los EE. UU. con una visa B1/B2 como visitante, así como para aquellos que deseen ingresar a los EE. UU. para casarse con una visa K-1. Para aquellos que viajan en familia, todos los adultos y niños deben presentar el formulario. Los padres pueden completar el DS-160 en nombre de un niño y deben indicar que ayudaron con la solicitud al prepararla.
La solicitud DS-160 es estrictamente para visas de no inmigrante, por lo que no completaría el formulario si actualmente está buscando obtener una tarjeta verde. Ciertamente desea enviarlo y cumplir con todos los requisitos cuando existe la posibilidad de que desee el estatus de LPR en el futuro.
Pasos para presentar una solicitud DS-160 en Arizona
La solicitud es completamente en línea a través del Centro de Solicitud Electrónica Consular (CEAC), por lo que un primer paso importante es asegurarse de tener acceso a una conexión segura a Internet. Necesitará ciertos documentos a mano, incluido su pasaporte, identificación emitida por su país de origen, número de identificación fiscal o del seguro social de EE. UU. e itinerario de viaje. Mientras trabaja en la solicitud, prepárese para proporcionar la siguiente información para cada persona que viaje:
- Datos personales y biográficos, incluida la fecha de nacimiento y la información de contacto;
- Sus planes de viaje, propósito y fechas de llegada y salida;
- Datos sobre viajes anteriores a los EE. UU. por cualquier período de tiempo;
- Datos específicos sobre nuestra familia y parientes, incluido su estado civil; y,
- Su historial de empleo y educación se remontan a cinco años.
Además, el DS-160 incluye una lista de preguntas de antecedentes que debe responder como cuestión de seguridad nacional. Son preguntas cerradas que requieren una respuesta Sí o No, pero es fundamental que revise cada una detenidamente. Cuando firma electrónicamente, da fe de que la información que proporciona es verdadera y correcta. Puede haber consecuencias por la deshonestidad o los errores.
Finalmente, deberá cargar una foto como parte de completar DS-160. Mostrar su pasaporte no será suficiente cuando pase a la siguiente fase de obtener una visa de no inmigrante. Después de completar y firmar su DS-160, imprimirá y conservará la página de confirmación generada por el sitio web de CEAC.
Próximos pasos con visas de no inmigrante en Arizona
Completando el DS-160 no le proporciona una visa de no inmigrante, pero sienta las bases para la siguiente fase de obtención de los documentos de viaje adecuados: la entrevista para la visa. Una vez que envíe la solicitud electrónicamente, la embajada o consulado de los EE. UU. local la procesará. Deberá consultar con estos funcionarios sobre cómo programar su cita, teniendo en cuenta que todos los visitantes que viajen con usted deben pasar por el proceso de entrevista de visa.
En la fecha de su entrevista de visa, debe traer la página de confirmación de su DS-160 y una versión impresa de la foto que cargó electrónicamente. El agente de la Embajada o el Consulado de los EE. UU. podrá acceder a toda su solicitud a través de la página de confirmación. Él o ella revisará cada elemento del formulario y revisará la información que proporcionó. Es posible que deba responder preguntas adicionales o aclarar algunos detalles. Después de la entrevista, la Embajada o el Consulado de los EE. UU. aprobará o denegará el formulario DS-160 para su visa de no inmigrante.
Preguntas frecuentes sobre DS-160
¿Cuánto cuesta presentar DS-160? No hay tarifa de presentación para la solicitud en sí, pero el DS-160 sirve como respaldo para una visa de no inmigrante. El USCIS cobra tarifas de presentación para visitantes B1/B2, visas K-1 y otras visas.
¿Hay documentos adicionales para presentar con DS-160? La mayoría de los solicitantes solo necesitarán la página de confirmación y su foto, pero es posible que algunos deban presentar documentación adicional. Por ejemplo, un estudiante necesitará su información de identificación del Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). Aquellos que buscan una visa como trabajadores temporales pueden necesitar una copia de su I-129 - Petición para un trabajador no inmigrante.
¿Necesito completar una solicitud si estoy renovando una visa de no inmigrante? Sí, debe completar DS-160 independientemente de si está buscando una nueva visa o debe renovar sus documentos de viaje existentes.
¿Qué sucede si me quedo más tiempo que una visa de no inmigrante? Las consecuencias de estar presente en los EE. UU. sin la documentación adecuada son graves y pueden incluir:
- Deportación y remoción de los EE. UU.;
- Una prohibición de tres años de reingreso a los EE. UU., si estuvo presente ilegalmente durante 180 a 365 días;
- Una prohibición de reingreso de 10 años, cuando excedió su visa de no inmigrante por más de un año; y,
- Una prohibición permanente, si intenta volver a ingresar después de acumular más de un año de estadía en múltiples visitas.
¿Hay razones válidas para exceder mi visa? De acuerdo con las leyes de inmigración de EE. UU. que crean excepciones para quedarse más tiempo, no se le puede considerar como presente ilegalmente. Las consecuencias mencionadas anteriormente no se aplican si:
- Tiene prueba de abuso como razón para quedarse más tiempo.
- Ha presentado una solicitud de asilo ante USCIS.
- Solicitó una tarjeta verde y su solicitud está pendiente.
- Usted es víctima de trata y esa fue la razón de su presencia ilegal.
Ayuda legal con visas de no inmigrante
La información anterior es un resumen útil mientras revisa sus opciones para viajar a los EE. UU. para una estadía temporal, pero los detalles para completar una solicitud DS-160 son complicados. Los errores u omisiones pueden provocar demoras e incluso se le puede negar el permiso para ingresar con una visa de no inmigrante. Un abogado de visas de inmigrantes de Arizona lo ayudará a evitar dolores de cabeza y errores, para que pueda mantenerse al día con su visita a los EE. UU. Su abogado lo asistirá:
- Consultarle sobre sus circunstancias, propósitos de viaje y quién lo acompañará en el viaje;
- Recopilar información de usted y guiarlo a través de cómo completar el Formulario DS-160;
- Ayudarlo a recopilar las pruebas necesarias u otra documentación necesaria para su solicitud;
- Verificar el estado de su solicitud DS-160 y coordinar con los funcionarios de la Embajada o el Consulado de los EE. UU. para programar la entrevista para la visa;
- Entrenarle en preparación para el entrevista de visa;
- Manejar cualquier seguimiento según sea necesario antes de partir de su país de origen;
- Preparar solicitudes DS-160 adicionales según sea necesario para renovar su visa y extender su visita; y,
- Aconsejarlo sobre las implicaciones de quedarse más tiempo que una visa de no inmigrante.
A Abogado experto en inmigración de Arizona ayudará a navegar el formulario DS-160
Como puede ver en estos datos sobre las visas de no inmigrante, contratar un asesor legal es un primer paso importante para obtener los documentos de viaje adecuados antes de salir de casa. Si está buscando viajar a los EE. UU. para una estadía temporal, puede confiar en nuestro equipo en Diamondback Legal para asesorarlo durante el proceso. Para obtener más información sobre el formulario DS-160, comuníquese con nosotros al (602) 755-3199 o visite nuestro sitio web. Nos complace programar una consulta con un abogado con experiencia en visas de inmigrantes de Arizona.
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