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Aprobación de Visa U

¿Cuáles son los requisitos para la aprobación de la visa U en Arizona?

Las visas U transmiten cuatro años de estatus de no inmigrante al solicitante principal y brindan un camino directo al ajuste de estatus para el principal y los miembros de la familia que califican. Una vez que USCIS determina que la solicitud de Visa U es válida, emitirá un Documento de Autorización de Empleo (EAD) para el director y ciertos miembros de la familia en seis meses. Un EAD se emite automáticamente sin tener que presentar el Formulario I-765 como un "incidente" al estado de la Visa U mientras el titular Formulario I-485. La solicitud para ajustar el estado está pendiente. El titular también puede solicitar un Documento de viaje (Formulario I-131) mientras espera convertirse en residente permanente legal (LPR).

Este artículo proporciona un análisis paso a paso para establecer la elegibilidad de la Visa U para delitos calificados y el estado derivado disponible para los miembros de la familia. Si fue víctima de un delito en los EE. UU., ayudó en la investigación y el enjuiciamiento del delito y experimentó angustia física o mental debido a la terrible experiencia, puede ser elegible. Contacta el Abogados de estatus no inmigrante de Arizona U-Visa de Diamondback Legal para obtener ayuda.

Formulario de Visa U I-918 para Solicitantes Principales y Familiares Calificados

Antes de solicitar el Formulario I-918, Petición de estatus de no inmigrante U, los solicitantes principales que fueron víctimas de un delito primero deben hacer que la policía firme el Formulario I-918, Suplemento B, Certificación de estatus de no inmigrante U. Todas las agencias de aplicación de la ley deben tener un departamento de visas U dedicado para certificar un delito real mediante la firma del Suplemento B. Este formulario también certifica que el solicitante principal ayudó a investigar o procesar el delito. La edad del director es importante cuando se trata de miembros de la familia que pueden obtener el estatus de Visa U:

  • Los peticionarios principales mayores de 21 años pueden solicitar solo su:
    • Cónyuge (U-2) y
    • Hijos solteros menores de 21 años (U-3)
  • Los directores menores de 21 años pueden solicitar lo anterior y:
    • Padres U-4)
    • Hermanos solteros menores de 18 años (U-5)

Siempre y cuando la relación calificada existiera en el momento en que el director presentó la solicitud de Visa U, la persona que no es ciudadana puede presentar una solicitud para los miembros de la familia que califican hasta que se apruebe su propia petición de Visa U o después de que haya sido aprobada. Por lo tanto, mientras que la certificación del Suplemento B se logra lo antes posible, el Suplemento A para los miembros de la familia que califican puede esperar. Y a diferencia del director, los miembros de la familia no necesitan haber sufrido un trauma por un crimen o haber ayudado a las fuerzas del orden público a investigar el crimen. Todavía pueden derivar Visa U estatus de no inmigrante y tener la posibilidad de lograr el estatus de LPR a través de él.

Actividades delictivas que califican para la visa U

USCIS y el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) solo otorgan Visas U por delitos calificados. Las agencias quieren proporcionar un incentivo para denunciar delitos, incluso si el denunciante no tiene estatus migratorio. Sin embargo, no todos los delitos son iguales. Algunos ejemplos de delitos calificados incluyen:

  • Secuestro
  • Abuso sexual
  • Violencia doméstica
  • Extorsión, chantaje
  • Fraude en los contratos laborales
  • Homicidio, asesinato
  • violación, prostitución
  • Perjurio, peonaje
  • Acecho, tráfico
  • Manipulación de testigos
  • asalto criminal

 

Incluso si los no ciudadanos son víctimas de delitos que no califican, las visas U contemplan “actividades similares”, intento, conspiración y solicitud. Como tal, un experimentado Bufete de abogados de estatus de no inmigrante Visa U de Arizona puede señalar similitudes e instruir a los solicitantes principales sobre cómo y dónde buscar la certificación. Los solicitantes y los miembros de la familia solo deben demostrar una violación de las leyes de los EE. UU., pero pueden solicitar el estatus de visa U fuera de los EE. UU. a través de procesamiento consular en la embajada de EE.UU. más cercana.

Establecimiento de elegibilidad de visa U para no inmigrantes en Arizona

Además de ser víctima de una actividad delictiva calificada, los solicitantes de la visa U también deben tener:

  • Información sobre el crimen.
  • Sufrió abuso físico o mental
  • Ayudó a las fuerzas del orden público a investigar o enjuiciar
  • Probabilidad de ayudar en la detección, condena o sentencia
  • Solicitó una exención si no es admisible para ingresar a los EE. UU.
  • Evidencia para establecer la elegibilidad para beneficios humanitarios

 

El Congreso tuvo la intención específica de otorgar visas U al aprobar la Víctimas de la trata y la Ley de Protección contra la Violencia y la Ley de Protección de Mujeres Inmigrantes Maltratadas.

Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deben firmar la certificación

Las peticiones de Visa U presentadas sin haber presentado primero el Formulario I-918 Suplemento B serán denegadas. Por lo tanto, los solicitantes principales deben ir ellos mismos a la agencia correspondiente y firmar este formulario. Si hay más de una agencia del orden público involucrada, cualquiera puede ser la agencia “certificadora”. Otras autoridades que pueden firmar certificaciones de U-Visa incluyen:

 

  • Policía federal, estatal o local
  • Fiscales y jueces
  • Servicios de Protección Infantil
  • Comisión de Igualdad en el Empleo
  • Departamento de Trabajo de EE.UU.

Cualquier jefe de agencia o supervisor puede firmar el Suplemento B o comunicarse USCIS con preguntas La agencia certificadora debe completar la mayor parte del Suplemento B y devolver el formulario al peticionario, no al USCIS. Los peticionarios luego deben incluir el Suplemento B en su solicitud de Visa U. Las fuerzas del orden público solo solicitan cooperación, pero no requieren que el delito resulte en una condena real para propósitos de certificación o determinación de elegibilidad para la Visa U.

Límite de visa U y lista de espera

El límite de 10,000 U-Visa no se aplica a los miembros de la familia que califican y obtienen el estatus del solicitante principal. USCIS mantiene una lista de espera de destinatarios y les informará por orden de llegada en el año fiscal en el que la Visa U esté disponible.

Mientras esperan, los directores elegibles disfrutan de los siguientes derechos:

  • Acción diferida (detiene la eliminación)
  • Permiso anticipado o viaje si es necesario
  • Posibilidad de solicitar autorización de trabajo.

Debido a la espera, los solicitantes principales no deben esperar a que el EAD emita automáticamente un incidente con el estado de la Visa U. En cambio, los directores y los miembros de la familia deben usar el Formulario I-765 para solicitar EAD. En algunos casos, USCIS puede posponer la emisión de EAD hasta después de que se apruebe la petición de visa U subyacente. Pero en la mayoría de los demás, USCIS emitirá EAD después de determinar que la solicitud inicial es "de buena fe" y que el principal y los derivados cumplen con otros estándares discrecionales.

Extensión del estado de la visa U en Arizona

Los solicitantes principales deben asegurarse de que los miembros de su familia que califiquen permanezcan en el estatus derivado de Visa U mientras solicitan el ajuste de estatus (Formulario I-485) porque una vez que obtienen las tarjetas de residencia, sus familiares ya no pueden obtener el estatus de Visa U. El estatus de no inmigrante U también puede extenderse en circunstancias limitadas debido a:

  • Solicitud de aplicación de la ley
  • Circunstancias excepcionales
  • Retrasos en el trámite consular
  • Solicitud I-485 pendiente

Los miembros de la familia que califiquen aún pueden convertirse en LPR después de que el director reciba su tarjeta verde si presenta Formulario I-929. de su parte. Esto se conoce como Petición para miembros de la familia que califican de un no inmigrante U-1 que nunca ha tenido el estatus derivado de una visa U.

Elegibilidad para la tarjeta verde del solicitante principal de Visa U

Los solicitantes principales (U-1) en estatus de no inmigrante deben usar el Formulario I-485 Solicitud de Registro Residencia Permanente para solicitar una tarjeta verde. Para ser elegible, el solicitante debe demostrar un estado U-1 válido al momento de la presentación y cumplir con los siguientes criterios:

  • Al menos tres años de presencia física continua en los EE. UU.
  • Presencia física continua hasta que USCIS decida sobre el ajuste
  • La presencia de EE. UU. se justifica por razones humanitarias, por unidad familiar o por interés público.
  • Amerita un ejercicio favorable de discreción considerando factores que incluyen:
    • Lazos familiares favorables en los EE. UU., dificultades, duración de la residencia
    • Participación adversa en la persecución nazi, el genocidio o la tortura

Evidencia documental que muestra lazos familiares extensos y dificultades extremas miembros de la familia enfrentaría la destitución del director también están ayudando a respaldar la solicitud. Además del Formulario I-485, los solicitantes con estatus U-1 también deben incluir:

  • Formulario I-797 Aprobación del Formulario I-918 Petición de estatus de no inmigrante U
  • Copias de las páginas del pasaporte o documentos de viaje válidos mientras se encuentre en el estatus U-1
  • Evidencia de cualquier fecha de salida de EE. UU. y lugares de regreso
  • Certificación de aplicación de la ley de ausencias requeridas durante 90 días
  • Declaración jurada que acredite la presencia física continua (no ausente por más de 180 días)
  • Prueba de admisión legal como no inmigrante U-1 y estatus U-1 continuo
  • Evidencia de cumplimiento con las solicitudes razonables de asistencia de la policía
  • Copia de una identificación con foto emitida por el gobierno y dos fotos de pasaporte
  • Copia del certificado de nacimiento en el país de origen o explicación de por qué no está disponible
  • Formulario I-94 Registro de llegada/salida o sello de Aduanas y Patrulla Fronteriza si es necesario
  • Formulario I-693 Informe de Examen Médico y Registro de Vacunación
  • Registros policiales y judiciales certificados que muestren cargos penales, arrestos, condenas

El director U-1 debe presentar Formulario I-485. con la tarifa de presentación correspondiente o solicitar una exención de la tarifa. El paquete debe enviarse a USCIS por FedEx o correo certificado por USPS con acuse de recibo.

Ajuste de Estatus para la Familia Derivada de la Visa U

Los cónyuges (U-2), los hijos (U-3), los padres (U-4) y los hermanos (U-5) pueden ser elegibles para ajustar su estatus como miembros derivados de la familia no inmigrante U presentando el Formulario I-485 con muchos de los mismos documentos requeridos para el principal, incluida la prueba de:

  • Presencia física en el momento de la presentación
  • Admisión legal en estatus U-2 a U-5 antes del estatus ajustado U-1
  • Formulario I-797 Aprobación del Suplemento A del Formulario I-918 para Familia Calificada de U-1
  • Páginas de pasaporte o documentos de viaje válidos durante el estatus de visa U derivada
  • Duración y lugares de regreso para cada salida
  • Declaración jurada que acredite la presencia física continua
  • Garantizar discreción favorable por motivos humanitarios, familiares o de interés público.
  • Dos fotos de pasaporte, certificado de nacimiento y una identificación con foto emitida por el gobierno

Los miembros de la familia que nunca hayan tenido el estatus derivado de no inmigrante U pueden, no obstante, presentar el Formulario I-929 Petición para familia calificada de no inmigrante U-1 para solicitar una tarjeta verde dentro de los EE. UU. o un proceso consular en el extranjero.

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