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Naturalización y ciudadanía

¿Cuál es la diferencia entre naturalización y ciudadanía en AZ?

Se otorgará un certificado de ciudadanía a una persona que adquiera la ciudadanía a través de sus padres estadounidenses por haber nacido en el país, pero se aplica un certificado de naturalización a las personas que completen el proceso de naturalización. Cuando necesite ayuda para obtener un certificado de ciudadanía o naturalización en Arizona, asegúrese de estar trabajando con un Abogado de inmigración de Phoenix.

Diferencias entre naturalización y ciudadanía

A las personas nacidas en los Estados Unidos u otros territorios estadounidenses y cuyos padres eran ciudadanos estadounidenses cuando nacieron, se les otorgará automáticamente la ciudadanía estadounidense tan pronto como nazcan. No se necesitan medidas adicionales para recibir todos los derechos y responsabilidades de un ciudadano de los Estados Unidos.

Cuando la situación anterior no se aplica a una persona, puede convertirse en ciudadano de los Estados Unidos después del nacimiento al solicitar la naturalización. La naturalización implica otorgar la ciudadanía a ciudadanos extranjeros o nacionales una vez que cumplan con los requisitos de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA).

Para calificar para la naturalización, una persona debe cumplir con los siguientes criterios:

  • Una persona ha sido residente permanente durante al menos cinco años y cumple con todos los demás requisitos de elegibilidad
  • Una persona ha sido residente permanente durante tres años o más y cumple con todos los requisitos de elegibilidad necesarios para presentar una solicitud como cónyuge de un ciudadano de los Estados Unidos.
  • Una persona tiene servicio calificado en las fuerzas armadas de los Estados Unidos y cumple con todos los demás requisitos de elegibilidad
  • Los padres de una persona son ciudadanos de los Estados Unidos, actualmente residen fuera de los Estados Unidos y cumplen con todos los demás requisitos de elegibilidad.

Formularios de Naturalización y Ciudadanía

 

Formularios de ciudadanía

 

Cualquier persona nacida fuera de los Estados Unidos de un padre ciudadano estadounidense puede obtener un certificado de ciudadanía para usar y demostrar que es ciudadano de los Estados Unidos. Si una persona es elegible para un certificado de ciudadanía, debe presentar USCIS Formulario N-600, Solicitud de Certificado de Ciudadanía.

Si una persona reclama la ciudadanía de los Estados Unidos después del nacimiento pero antes de cumplir los 18 años, debe cumplir con las siguientes condiciones de calificación:

  • Su padre es un ciudadano de los Estados Unidos.
  • Es el hijo biológico de ese padre ciudadano de los Estados Unidos.
  • Son admitidos legalmente en los Estados Unidos para la residencia permanente legal
  • Deben estar viviendo en los Estados Unidos bajo la custodia legal y física de su padre ciudadano de los Estados Unidos.

Un N-600 se puede presentar en línea o por correo. Las personas en Arizona enviarán su formulario por correo a la caja de seguridad de USCIS Phoenix en:

USCIS

Atención: NATZ

PO Box 20100

Phoenix, AZ 85036

La tarifa de presentación para N-600 es de $1,170, y esta tarifa se aplica incluso si una persona presenta la solicitud como hijo adoptivo o hijo de un veterano o miembro de las fuerzas armadas de los Estados Unidos.

Para convertirse en ciudadano naturalizado de los Estados Unidos, una persona debe completar todos los formularios necesarios, incluidos USCIS Formulario N-400, Solicitud de Naturalización. Un solicitante ya debe ser titular de una tarjeta verde para completar este formulario y debe cumplir con ciertos requisitos de elegibilidad, que incluyen la duración de la residencia, la residencia continua y la capacidad de hablar y leer inglés.

Para solicitar una tarjeta verde, una persona debe ser elegible bajo ciertas categorías. Una persona puede recibir una tarjeta verde a través de la familia si es pariente inmediato de un ciudadano de los Estados Unidos (es decir, el cónyuge de un ciudadano de los Estados Unidos, un hijo soltero de un ciudadano de los Estados Unidos menor de 21 años de edad, o un padre en menos 21 años de edad de un ciudadano de los Estados Unidos), otro pariente de un ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal bajo ciertas categorías de preferencia basadas en la familia (es decir, el miembro de la familia de un ciudadano de los Estados Unidos, como el hijo o la hija solteros de un ciudadano de los Estados Unidos). Ciudadano de los Estados Unidos que tiene 21 años de edad o más, hijo o hija casado de un ciudadano de los Estados Unidos, hermano o hermana de un ciudadano de los Estados Unidos que tiene al menos 21 años de edad, o miembro de la familia de un residente permanente legal que es el cónyuge de un residente permanente legal, un hijo soltero menor de 21 años de edad de un residente permanente legal, o un hijo o hija soltero de un residente permanente legal que tiene 21 años de edad o más), el prometido(a) deun ciudadano de los Estados Unidos o el hijo del prometido(a) (es decir, una persona admitida en los Estados Unidos como prometido(a) de un ciudadano estadounidense [también conocido como no inmigrante K-1] o una persona admitida en los Estados Unidos como hijo de un prometido(a) de un ciudadano de los Estados Unidos [también conocido como no inmigrante K-2]), viudo(a) de un ciudadano de los Estados Unidos (es decir, la viuda o viudo de un ciudadano de los Estados Unidos que estaba casado a un cónyuge ciudadano de los Estados Unidos en el momento de la muerte de su cónyuge), o una auto-solicitante de la Ley de Violencia contra la Mujer de 1994 (VAWA, por sus siglas en inglés) víctima de agresión o crueldad extrema (es decir, un cónyuge abusado de un ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal, un hijo abusado [que también es soltero y menor de 21 años] de un ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal, o el padre abusado de un ciudadano de los Estados Unidos).

Las tarjetas verdes también están disponibles a través del empleo para trabajadores inmigrantes que son trabajadores inmigrantes de primera preferencia (lo que significa que tienen una habilidad extraordinaria en los negocios, las ciencias, las artes, la educación o el atletismo, son profesores o investigadores destacados, o son gerentes o ejecutivos multinacionales que satisfacen ciertos criterios), trabajadores inmigrantes de segunda preferencia (lo que significa que son miembros de profesiones que requieren títulos avanzados, tienen habilidades excepcionales en las ciencias, las artes o los negocios, o buscan exenciones de interés nacional), o trabajadores inmigrantes de tercera preferencia (lo que significa que son trabajadores calificados trabajadores [tienen trabajos que requieren un mínimo de 2 años de capacitación o experiencia laboral], profesionales [lo que significa que su trabajo requiere al menos una licenciatura de los Estados Unidos o el equivalente extranjero que sea miembro de la profesión], o trabajadores no calificados [lo que significa que están dispuestos realizar trabajos no calificados que requieran menos de dos años de capacitación o experiencia]). Las tarjetas verdes también están disponibles para inmigrantes especiales, como trabajadores religiosos que son miembros de denominaciones religiosas que vienen a los Estados Unidos a trabajar para organizaciones religiosas sin fines de lucro, Inmigrantes juveniles especiales que son menores que necesitan la protección de un tribunal de menores porque han sido abusados, abandonados , o descuidados por un padre, ciudadanos afganos o iraquíes que fueron traductores o intérpretes afganos o iraquíes para el gobierno de los Estados Unidos, iraquíes empleados por o para el gobierno de los Estados Unidos en Irak a partir del 20 de marzo de 2003, durante al menos un año, o afganos empleados por el gobierno de los Estados Unidos o la Fuerza Internacional de Asistencia para la Seguridad (ISAF), locutores internacionales que vienen a trabajar a los Estados Unidos como miembros de los medios para la Agencia de los Estados Unidos para los Medios Globales (USAGM) o un beneficiario de la USAGM, o empleados de organizaciones internacionales o miembros de la familia o empleados de la OTAN-6 o miembros de la familia que son oficiales jubilados o empleados de el organizaciones internacionales elegibles o la OTAN, o son familiares elegibles de dichos empleados.

Las personas también pueden recibir una tarjeta verde a través de la condición de refugiado o asilado si se les concedió asilo o se les admitió como refugiados hace al menos un año. Las tarjetas verdes también están disponibles para víctimas de trata de personas o delitos a través de Visas T de no inmigrante y Visas U de no inmigrante.

Las tarjetas verdes también se otorgan a las víctimas de abuso, como los autopeticionarios de VAWA víctimas de agresión o crueldad extrema, como cónyuges abusados ​​de ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, niños solteros abusados ​​menores de 21 años de edad de ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes. residentes permanentes, o padres abusados ​​de ciudadanos estadounidenses, menores inmigrantes especiales que son niños abusados, abandonados o descuidados por los padres y tienen estatus SIJ, cónyuges o hijos abusados ​​(víctimas de agresión o crueldad extrema) bajo la Ley de Ajuste Cubano, lo que significa abusados cónyuges o hijos de nativos o ciudadanos cubanos, cónyuges o hijos maltratados (víctimas de agresión o crueldad extrema) bajo la Ley de Equidad de Inmigrantes Refugiados Haitianos (HRIFA), es decir, cónyuges o hijos maltratados de residentes permanentes legales que recibieron su Tarjeta Verde basada en HRIFA. Otras categorías de tarjetas verdes incluyen la Equidad de Inmigración de Refugiados de Liberia (LRIF) para ciudadanos liberianos que estuvieron continuamente presentes físicamente en los Estados Unidos desde el 20 de noviembre de 2014, o son cónyuges, hijos menores de 21 años o hijos o hijas solteros mayores de 21 años. de ciudadanos liberianos que califiquen, Programa de Visas de Diversidad para Inmigrantes para personas seleccionadas para visas de diversidad en la lotería de visas de diversidad del Departamento de Estado, Ley de Ajuste Cubano para nativos o ciudadanos cubanos o cónyuges o hijos de nativos o ciudadanos cubanos, abusados ​​(víctimas de agresión o crueldad extrema ) cónyuges o hijos bajo la Ley de Ajuste Cubano que son cónyuges o hijos abusados ​​de nativos o ciudadanos cubanos, estado dependiente bajo la HRIFA para los cónyuges o hijos de residentes permanentes legales que recibieron sus tarjetas de residencia en base a la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados Haitianos ( HRIFA), cónyuges abusados ​​(víctimas de agresión o crueldad extrema) o hijos bajo HRIFA que son cónyuges abusadoso hijos de residentes permanentes legales que recibieron sus tarjetas verdes basadas en HRIFA, personas en libertad condicional de Lautenberg que fueron puestas en libertad condicional en los Estados Unidos como personas en libertad condicional de Lautenberg, Ley de Ajuste de Libertad Condicional Indochina de 2000 para nativos o ciudadanos de Vietnam, Kampuchea (Camboya) o Laos que fueron en libertad condicional en los Estados Unidos el 1 de octubre de 1997 o antes, de Vietnam bajo el Programa de salida ordenada, un campo de refugiados en el este de Asia o un campo de personas desplazadas administrado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en Tailandia, indios americanos nacidos en Canadá que nacieron en Canadá, poseen al menos un 50 por ciento de sangre indígena estadounidense y mantienen su residencia principal en los Estados Unidos, las personas nacidas en los Estados Unidos de diplomáticos extranjeros nacidos en los Estados Unidos de funcionarios diplomáticos extranjeros que estuvieron estacionados en los Estados Unidos cuando nacieron, o la Sección 13 (diplomático) para las personas estacionadas en los Estados Unidos como diplomáticos extranjeros o funcionarios de alto rango y ahora no pueden volver a casa.

Finalmente, también está el registro de tarjeta verde. El registro es la sección de la ley de inmigración que permite a ciertas personas que han estado presentes en los Estados Unidos desde el 1 de enero de 1972, la posibilidad de solicitar una tarjeta verde incluso si actualmente se encuentran en los Estados Unidos ilegalmente.

Una N-400 se puede presentar nuevamente en línea o por correo. Hay una tarifa de presentación de $640, aunque también hay una tarifa biométrica de $85, lo que significa que el total es de $725.

La evidencia inicial requerida relacionada con los formularios N-400 incluye una copia de la Tarjeta de Residente Permanente de una persona (tarjeta verde), una copia del certificado de matrimonio de una persona (cuando corresponda), un Formulario N-426, Solicitud de Certificación de Servicio Militar o Naval ( cuando una persona solicita la naturalización basada en el servicio militar), formulario DD 214, formulario NGB 22 u órdenes de baja (cuando una persona solicita la naturalización basada en su servicio militar y separada del servicio), una copia del certificado militar oficial de una persona. (cuando se solicita la naturalización basada en el servicio militar y se está sirviendo actualmente), evidencia del empleo del cónyuge ciudadano de una persona en el extranjero (cuando se solicita bajo INA § 319 (b)), y dos fotografías estilo pasaporte (cuando una persona reside fuera de los Estados Unidos). Estados).

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Más información: Las diferencias entre naturalización y ciudadanía

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